08 Oct


Las indulgencias

311. Las indulgencias son la remisión de la pena temporal debida por nuestros pecados, que nos concede la Iglesia fuera del sacramento de la Penitencia.

312. La Iglesia ha recibido la potestad de conceder indulgencias del mismo Jesucristo.

La indulgencia es plenaria y parcial.

313. La indulgencia plenaria es la que nos perdona toda la pena temporal debida por nuestros pecados.

314. Indulgencia parcial es la que nos perdona solamente una parte de la pena temporal debida por nuestros pecados.

Una indulgencia de cien días o de siete años, por ejemplo, no quiere decir que se perdonen cien días o siete años de purgatorio, sino que se obtiene el perdón de tanta pena temporal, como se obtendría haciendo cien días o siete años la penitencia prescrita antiguamente por la Iglesia.

En los primeros tiempos del cristianismo, la Santa Iglesia imponía penitencias muy rigurosas a los que habían cometido públicamente pecados mortales.

La Iglesia concede las indulgencias para ayudarnos a expiar en este mundo la pena temporal debida por los pecados.

Jesucristo ha dado a su Iglesia la facultad de conceder indulgencias, cuando dijo a Pedro: “Lo que desatares en la tierra, desatado será en el cielo”.

El Papa puede conceder indulgencias en toda la Iglesia, y el Obispo en su diócesis. 

Por las indulgencias se nos aplican las satisfacciones sobreabundantes de Jesucristo, de María Santísima y de los Santos.

Estas satisfacciones sobreabundantes forman el tesoro de la Iglesia.

Hemos de apreciar mucho las indulgencias, pues por medio de ellas, con muy poco trabajo, satisfacemos mucho y fácilmente a la divina Justicia, por nosotros y por los difuntos.
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Condiciones para ganar las indulgencias

315. Las indulgencias se ganan haciendo en estado de gracia lo que se manda a este fin, si es una sola obra, y si son varias, hay que estar en gracia de Dios al cumplir la última de las obras prescritas.

1º Estar en gracia de Dios
2º Cumplir lo prescrito para ganarlas
3º Tener la intención de ganarlas.

Basta la intención general de ganar todas las que uno pueda; es bueno renovarla cada día.

Para que se perdone la pena temporal es necesario tener perdonada la culpa a que la pena corresponde.

Por esta razón, para ganar una indulgencia plenaria, a más de estar en gracia de Dios, es necesario arrepentirse de todos los pecados veniales.

Si no se puede obtener la plenaria, se puede ganar parcialmente, según la disposición que se tenga. [Y también depende de con cuánta devoción se comulgó, lo más o menos arrepentido que se esté, etc.]

Si en la concesión no se expresa lo contrario, la Indulgencia Plenaria por una misma obra puede obtenerse una sola vez por día, aunque la obra prescrita se repita. La indulgencia parcial puede ganarse todas las veces que se repita la obra a la cual está concedida.

Todas las indulgencias concedidas por el Papa son aplicables a los difuntos.

El que ha hecho Voto de Ánimas, tiene el privilegio de poder aplicar todas las indulgencias en sufragio de las Benditas Ánimas del purgatorio. No se puede aplicar una indulgencia a otra persona viviente. [Se entiende que sólo a uno o a un difunto]

Si en la concesión no se expresa lo contrario, no se puede ganar indulgencias haciendo aquello a que uno está obligado por ley o precepto.

No obstante, cuando para cumplir la penitencia sacramental se efectúa una obra indulgenciada, se puede, al mismo tiempo, cumplir las penitencias y ganar las indulgencias.

Cuando se requiere orar según la intención del Sumo Pontífice, no basta la sola oración mental, sino que es necesaria la vocal, y si no hay ninguna oración especial señalada, se deja al arbitrio de los fieles el elegir la oración vocal.

Las obras piadosas señaladas para ganar las indulgencias pueden ser conmutadas por el confesor, cuando hay un legítimo impedimento para practicarlas.

Las indulgencias anexas a los rosarios y a otras cosas cesan solamente cuando los objetos indulgenciados quedan inutilizados o se venden. [Tengo entendido que una cosa bendecida no se puede vender]

Jubileo es una Indulgencia Plenaria a la que van anexos muchos privilegios y particulares concesiones, como el poder obtener la absolución de algunos pecados reservados y de las censuras, y también la conmutación de algunos votos.

Ordinariamente, el jubileo se concede cada veinticinco años.
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Condiciones para ganar cualquier indulgencia que requiera confesión y comunión.

La confesión puede efectuarse en el mismo día fijado para ganar la indulgencia, o en cualquiera de los ocho días anteriores. 

La Comunión puede efectuarse en el mismo día fijado para ganar la indulgencia o en el día anterior.

Tanto la confesión como la comunión pueden efectuarse también en toda la octava subsiguiente. [Pero hay que estar en estado de gracia al realizar la acción]

Para ganar las indulgencias concedidas por piadosos ejercicios que duran tres días, una semana, etcétera, la confesión y comunión pueden hacerse también dentro de la octava que sigue inmediatamente al ejercicio terminado.

Los que suelen confesarse dos veces por mes, y los que comulgan dignamente todos los días, aunque se abstengan una o dos veces por semana, pueden, sin confesarse, ganar todas las indulgencias que requieran la confesión, a excepción de las del jubileo ordinario y extraordinario, o a modo de jubileo.

Una sola confesión y comunión pueden servir para ganar varias indulgencias que requieran, cada una de por sí, la confesión y comunión.
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Medios para satisfacer por las penas temporales y ganar muchas indulgencias.

1º Oír Misa y comulgar lo más a menudo posible.
2º Rezar el Vía Crucis, el Santo Rosario y otras oraciones indulgenciadas.
3º Llevar puestos los escapularios del Carmen, de la Purísima y otros.

Para ganar las muchas indulgencias concedidas a los que llevan puestos los escapularios, es necesario haberlos recibido en debida forma de quien tenga la facultad de imponerlos. [No se dejen imponer el Escapulario marrón más que por un sacerdote Carmelita o Franciscano. Sí le piden al párroco que lo bendiga y se lo ponen uds. y buscan lo antes posible un monasterio donde haya monjes Carmelitas o Franciscanos, luego de la Misa buscan al Sacerdote para que diga las oraciones especiales y se los imponga.

En vez de escapularios pueden usarse medallas bendecidas, para este fin, por quien tiene la facultad de imponer los escapularios. [Nuestra Señora de las Rosas nos dice que el Escapulario de Nuestra Señora del Carmen debe ser de lana marrón, no vale la medallita. Y debe tener un solo cordón para las dos partes (se lo compran y le cortan las dos cintas y compran un cordón bien largo, lo unen y le cosen las dos partes, una para el pecho y otra que caiga sobre la espalda. Ntra. Sra. de las Rosas dice que el Escapulario marrón, para las mujeres, debe ser bien grande (supongo que de aprox. 10x7 cm) y debe colgar desde la cintura hacia abajo en la parte delantera.

Para el que no le quedó claro:

 las indulgencias parciales (días, años) se pueden ganar tantas veces como se haga la acción (ej. rezar la oración indulgenciada); las indulgencias plenarias requieren confesión y comunión y hacer la obra en estado de gracia. Si nos confesamos y comulgamos un día, se pueden haber ganado indulgencias todos los 8 días anteriores y los 8 días siguientes, mientras se haya estado en estado de gracia.]

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