ORACIÓN A SAN JOSÉ (e indulgencias plenarias sept. 2026)
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(Indulgencia de 3 años cada vez, de 7 años si se reza durante el mes de Octubre después del Rosario, y plenaria con las condiciones de costumbre una vez al mes, con tal que se rece todos los días.)
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Agobiados por la tribulación, acudimos a ti, bienaventurado José, y llenos de confianza invocamos tu Patrocinio, después del de tu Esposa santísima.
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Por aquel sagrado vínculo de caridad que te unió a la Inmaculada Virgen Madre de Dios y por el amor paterno que tuviste al Niño Jesús, extiende, te lo rogamos, tu piadosa mirada sobre esta querida herencia que Jesucristo adquirió con Su Sangre, y ven con tu poder y valimiento, en auxilio de nuestras necesidades.
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Defiende, oh providencial Custodio de la Sagrada Familia, a los elegidos de Jesucristo; aparta de nosotros, oh padre amantísimo, este contagio de errores y vicios que tiene infestada la tierra; asístenos propicio desde el cielo en esta lucha contra el poder de las tinieblas, oh Protector nuestro poderosísimo, y así como un día libraste de la muerte la vida amenazada del Niño Jesús, defiende también ahora a la Santa Iglesia de Dios de tan terribles insidias y de toda desgracia.
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Extiende tu patrocinio sobre cada uno de nosotros, a fin de que, a ejemplo tuyo y confiados en tu socorro, podamos vivir virtuosamente, y después de una santa muerte conseguir la felicidad eterna en el cielo. Así sea.
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Otra versión de otro libro de oraciones:
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Oración a San José
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(Prescrita por S.S. León XIII para después del rezo público del Rosario, en Octubre.)
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A ti recurrimos en nuestra tribulación, bienaventurado José, y (después de haber implorado el auxilio de tu Santísima Esposa), solicitamos también confiadamente tu patrocinio.
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Por el afecto que te unió a la Virgen Inmaculada, Madre de Dios, y por el amor que profesaste al Niño Jesús, te suplicamos que vuelvas benigno los ojos a la herencia que Jesucristo conquistó con Su Sangre, y que nos socorras con tu poder en nuestras necesidades.
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Protege, prudentísimo Custodio de la divina Familia, al linaje escogido de Jesucristo; presérvanos, Padre amorosísimo, de todo contagio de error y corrupción; sénos propicio y asístenos desde el cielo, ¡oh poderosísimo Protector nuestro!, en el combate que al presente libramos contra el poder de las tinieblas; y del mismo modo que en otra ocasión libraste del peligro de la muerte al Niño Jesús, defiende ahora a la santa Iglesia de Dios contra toda adversidad.
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Ampara a cada uno de nosotros con tu perpetuo patrocinio, a fin de que siguiendo tus ejemplos y sostenidos con tus poderosos auxilios, podamos vivir santamente, morir piadosamente y obtener la felicidad eterna del cielo. Amén.
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[Sacado de la web (Septiembre 2026):]
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INDULGENCIA PLENARIA
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Condiciones generales:
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Para poder beneficiarse de las indulgencias es necesario estar bautizado, no excomulgado y en estado de gracia por lo menos al final de las obras prescritas para ganar la indulgencia. Esto es fundamental para no caer en la superstición o pensar que se trata de algo mágico.
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Para que el sujeto que reúne estas condiciones se beneficie debe tener intención aunque sea general, de ganarlas y de cumplir las obras prescritas dentro del tiempo establecido y en la forma debida.
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Condiciones para la indulgencia plenaria
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Para ganar una indulgencia plenaria, además de querer evitar cualquier pecado mortal o venial, hace falta rezar o hacer la obra que incorpora la indulgencia cumpliendo tres condiciones:
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Confesión sacramental
Comunión Eucarística
Oración por las intenciones del Papa.
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Con una sola confesión sacramental puede ganarse varias indulgencias plenarias; en cambio con una solo comunión eucarística y una sola oración por las intenciones del Papa sólo se gana una indulgencia plenaria. Las tres condiciones pueden cumplirse unos días antes o después de rezar o hacer la obra que incorpora la indulgencia, pero es conveniente que la comunión y la oración por las intenciones del Papa se realicen el mismo día.
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La condición de orar por las intenciones del Papa se cumple si se reza a su intención un solo Padrenuestro y un Avemaría; pero se concede a cada fiel la facultad de orar con cualquier fórmula, según su piedad y devoción.
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La indulgencia plenaria únicamente puede ganarse una vez al día, pero el fiel cristiano puede alcanzar indulgencia plenaria in artículo mortis, aunque el mismo día haya ganado otra indulgencia plenaria.
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La indulgencia parcial puede ganarse varias veces al día, a no ser que expresamente se establezca lo contrario.
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La obra indicada para obtener la indulgencia plenaria aneja a una iglesia y oratorio consiste en la visita piadosa de este lugar, rezando el Padrenuestro y el Credo, a no ser que en algún caso especial se establezcan otras condiciones.
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Las siguientes oraciones y acciones, entro otras, tienen indulgencia plenaria, si se cumplen las condiciones requeridas:
- "A tí, oh Dios, te alabamos..." (Te Deum): 1 de enero y en la Solemnidad de Pentecostés.
- "Adorad postrados..." (Tantum ergo): Jueves Santo después de la Misa en Coena Domini y en la acción litúrgica del Corpus Christi.
- "Jesús dulcísimo..." (Acto de reparación): rezado públicamente el día del Sagrado Corazón.
- "Miradme, oh mi amado y buen Jesús...": Los viernes de Cuaresma.
- Rezar el Vía Crucis: ante las estaciones, pasando de una a otra por lo menos quien lo dirige, meditando las escenas si se desea, con alguna oración vocal.
- Rezo del Santo Rosario: rezándolo en una iglesia, en un oratorio, en familia, o en comunidad. Es suficiente con rezar sólo cinco de los quince misterios, con la meditación de los misterios que se rezan.
- Adoración al Santísimo durante al menos media hora.
- Adoración de la Cruz: en la acción litúrgica del Viernes Santo.
- (...) Uds. deben saber ya que no se puede invocar al Espíritu Santo directamente sino que hay que obedecer a Jesús que dijo que el Padre dará el Espíritu Santo a quienes se lo pidan.
- Realizar Ejercicios Espirituales o retiros similares, al menos de tres días de duración.
- Recibir la Bendición Papa Urbi el Orbi, también es válida por radio o televisión.
- Asistir al rito con que se clausura un Congreso Eucarístico.
- Al sacerdote que celebra los 25, 50, 60 años como aniversario de su ordenación, es extensiva a quienes le acompañen en la Santa Misa.
- Lectura de la Sagrada Escritura: al menos media hora. [con 20 minutos se gana una indulgencia parcial]
- Visitar la iglesia parroquial en la fiesta titular y el 2 de agosto (indulgencia de la Porciúncula). Lo mismo vale para la Iglesia catedral o concatedral o para las iglesias cuasiparroquiales.
- Recibir la bendición apostólica en peligro de muerte inminente. En el caso de que no haya sacerdote, la Iglesia concede esta misma indulgencia con tal que se haya rezado habitualmente algunas oraciones (se suplen las tres condiciones habituales para ganar la indulgencia plenaria).
- Asistir a la predicación de algunos sermones, participando en la clausura de una Santa Misión.
- Visitar una iglesia u oratorio el día de su santo Fundador, rezando un Padrenuestro y un credo.
- Visitar las Basílicas Patriarcales o Mayores de Roma el día de la fiesta titular, en cualquier día de precepto o en día cualquiera del año elegido por el mismo fiel: ha de rezarse el Padrenuestro y el Credo.
- Visitar una iglesia u oratorio el día de Todos los difuntos (o con consentimiento del obispo, el domingo anterior o el posterior). Esta indulgencia sólo es aplicable a las almas del purgatorio.
- Visitar una iglesia o altar en el día de su dedicación, rezando un Padrenuestro y un Credo.
- Usar el día de los Santos Pedro y Pablo (29 de junio) algún objeto piadoso bendecido por el Papa o un obispo, rezando un Credo.
- Al nuevo sacerdote en su Primera Misa Solemne, y a quienes asistan a ella.
- Renovación de las promesas del bautismo: en la Vigilia pascual o en el aniversario del bautismo.
- Visitar la iglesia en que se celebra el Sínodo diocesano mientras éste dura, rezando el Padrenuestro y el Credo.
- Visitar las iglesias estacionales en su día propio, asistiendo a las funciones de la mañana o de la tarde.