ACTOS DEL PENITENTE – CONTRICIÓN Y CONFESIÓN
Lección 19 de LA VIDA SOBRENATURAL- Editorial Luis Vives
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[Parte I de esta publicación ]
[Uno de los 5 preceptos de la Iglesia es confesar y comulgar al menos una vez por año por Pascua de Resurrección, en total son éstos 5: 1º Oír Misa entera todos los domingos y fiestas de guardar, 2º Ayunar y guardar abstinencia de carne cuando lo manda la Iglesia, 3º Confesar y comulgar al menos una vez al año por Pascua de Resurrección y cuando espera haber peligro de muerte. 4º Contribuir al sostenimiento de la Iglesia, 5º No contraer matrimonio contrario a las layes de la Iglesia.]
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226. Examen de conciencia.- Examinar la conciencia es recordar todos los pecados mortales cometidos desde la última confesión bien hecha. Este examen debe extenderse en especial a todos los pecados graves aún no confesados o mal confesados [los pecados graves deben ser nombrados uno por uno y hay que confesar el número de veces que se han hecho]. También puede abarcar los pecados veniales y faltas menores, aunque no sea obligatorio el confesarlos.
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227. Manera de hacer el examen.- Primero conviene, y es necesario, comenzar por pedir a Dios las luces suficientes para ver lo más claramente posible el estado actual del alma. Después se irá discurriendo por los mandamientos de la ley de Dios y de la Iglesia; las obligaciones del propio estado y los pecados capitales, recordando los lugres donde se ha andado las ocupaciones que se ha tenido y las relaciones con los demás.
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Si el penitente es de confesión frecuente, fácil le será el examen, y más si acostumbra todas las noches hacer una revisión o examen de las faltas cometidas durante el día. En este caso basta que recapacite los pensamientos, deseos, palabras, obras y omisiones de la semana; las amistades y personas con las que ha tratado.
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Los que se confiesan de tarde en tarde, conviene que recorran, -como ya hemos indicado- los Mandamientos, uno tras otro, los pecados capitales, etc. En general, hay que procurar determinar la especie de los pecados mortales, su número exacto, aproximado o cuando menos la frecuencia con que e suelen cometer, así como las circunstancias que pueden agravarlos.
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Es importante fijarse en la pasión o defecto dominante y en las ocasiones o peligros que uno tiene de pecar.
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Respecto de los pecados veniales, como no hay obligación de confesarlos no es necesario buscar el conocerlos todos; conviene acusar sobre todo los más notables, aquellos que se cometen con más frecuencia o que llevan más fácilmente a cometer pecados graves.
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228. Obligación del examen.- El examen de conciencia no es parte esencial del Sacramento pero como éste obliga a confesar todos los pecados mortales con sus circunstancias agravantes o atenuantes, de ahí la obligación de hacer antes el examen de conciencia poniendo en él la diligencia y el cuidado que uno pondría en un negocio serio, a menos que uno recuerde todos los pecados graves que ha cometido
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[Hay un dibujo del hijo pródigo arrodillado y el padre corriendo hacia él y hay un trono con ángeles encima como dándole la bienvenida, y tiene escrito debajo:] Dios perdona a todo pecador arrepentido [recordar que hay pecados que no los puede perdonar un sacerdote sino sólo el obispo].- Vio el padre a su hijo pródigo cuando aún estaba lejos y, compadecido corrió a él y se arrojó a su cuello, y le cubrió de besos. Díjole el hijo: “Padre, he pecado contra el Cielo y contra ti; y no soy digno de ser llamado hijo tuyo”. Pero el padre dijo a sus criados: “Traed pronto la túnica más rica…” (Luc., XV, 20-22)
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No siempre es igualmente necesario el examen de conciencia, porque bien puede suceder que se tengan muy presentes los pecados cometidos, ya por tratarse de unalma temerosa de Dios, ya por los remordimientos que tren las culpas.
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En el examen hay dos extremos: una preocupación o diligencia excesiva y una averiguación o revisión superficial.
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229. De la Contrición.- Conocidos los pecados mortales importa ucho ejercitarse en dos cosas trascendentales, que son: dolor de haber ofendido a Dios, y propósito de la enmienda. Ambas cosas juntas forman lo que se llama contrición. [Recuerden: una confesión sin propósito de enmienda está mal hecha]
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Contrición es, pues, el aborrecimiento de los pecados cometidos y el dolor del alma de haber ofendido a Dios, junto con el propósito de confesarse y la firme resolución de no volver más a pecar.
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Aquí conviene fijarse en las dos condiciones que requiere el arrepentimiento o dolor, para que éste surta sus efectos, a saber: propósito de confesarse y firme resolución de no volver más a pecar.
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También puede verse que en la contrición se juntan tres tiempos: pasado, presente y futuro. El pasado, con el arrepentimiento del o hecho; el presente, con el aborrecimiento del pecado, y el futuro, con el propósito de la enmienda.
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230. Clases de dolor de los pecados.- Hay dos clases de dolor de los pecados: uno perfecto, llamado propiamente contrición, y otro imperfecto o atrición. Los dos son esencialmente distintos por el motivo que los produce y por sus efectos.
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La contrición perfecta es aquella que nace del amor especial que el alma tiene a Dios por ser Él quien es, sumamente bueno y porque el pecado le ofende sobremanera. Mientras que en la atrición los motivos de detestación y arrepentimiento, aunque sobrenaturales, nacen del temor, como son: el temor al infierno, la pérdida del Cielo, la fealdad o ruindad del pecado, etc.
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A estos motivos se añade cierto grado de amor de Dios, con lo cual el dolor se vuelve apto para recibir los efectos del Sacramento. Precisa no confundir la atrición con el llamado “puro temor servil” que no vale para la Confesión.
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La confesión mira a Dios como a padre bueno, amable, santo y dignísimo de ser amado sobre todas las cosas, y con esta consideración duélense mucho de haberle disgustado. La atrición, en cambio, lo considera principalmente como a juez justiciero y teme sus castigos.
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231. Efectos del dolor de los pecados.- En cuanto a los efectos, la diferencia es esencialísima, pues la contrición acompañada del deseo o propósito de confesarse, borra todos los pecados, lo que conviene tener muy presente en caso de accidente mortal o grave peligro de muerte mientras que la atrición no tiene eficacia para borrar los pecados si no va unida a la confesión.
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Para la validez de la confesión es indispensable tener siquiera ese dolor imperfecto: pero es mucho mejor y más seguro confesarse movido de contrición perfecta.
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Excelente práctica es hacer con frecuencia el acto de contrición perfecta, principalmente por la noche antes de dormirse y cuando amenaza algún peligro de muerte. Es indispensable a los moribundos reos de pecados graves que sin culpa suya no pueden confesarse. Es muy útil hacerlo antes de la Comunión por las faltas que se hayan podido cometer.
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232. Necesidad de la contrición.- La contrición de los pecados es parte esencialísima de la Penitencia. El dolor de los pecados y el propósito de enmienda son absolutamente indispensables para que Dios vuelva su amistad al pecador; sin estas dos cosas Dios no puede perdonar ningún pecado, ni mortal ni venial.
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[Recordar y enseñar que no hubo perdón de los pecados si no hubo propósito de enmienda]
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En caso de imposibilidad física o moral, dispensará de la confesión de boca y de la satisfacción de obra, pero de la contrición o dolor (1) no puede dispensar.
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(1) Un caso.- Una epidemia causaba terribles estragos en la misión esquimal del lago Pelicán (Canadá). El misionero no se daba un momento de reposo, yendo de una parte a otra, repartiendo medicinas y dando los últimos sacramentos a los más. Todo el poblado era un hospital.
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De otro campamento, distante 100 km., le llegan mensajeros, rogándole por favor que vaya, que muere mucha gente y no hay sacerdote. ¿Qué hacer? El poblado principal reclama sus cuidados y todos le suplican que no se vaya. No tuvo más remedio que quedarse. Pero en cuanto el azote comenzó a amainar, corrió al otro poblado, donde se le ofreció un espectáculo tremebundo: en todas las chozas, muertos y moribundos. En un lugar, once cadáveres tendidos sobre esterillas y rígidos por la muerte y el hielo.
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Acércase, y a punto de arrodillase para orar por ellos, repara con extrañeza que todos tienen en la mano una hoja de abedul plegada (el papel de allí). ¿Si será alguna superstición en que hayan vuelto a caer? Toma una de esas hojas y lee en el exterior: “Solamente el padre lo puede abrir…” Abre, y su gozo llega al colmo al comprobar la fe de esa pobre gente. Con mano trémula y aunando sus últimas fuerzas, habían escrito su confesión testimoniando así la contrición de su corazón.
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Y los ojos del misionero se deshacían en llanto, leyendo: “Esta es mi confesión… Sírvase, Padre, rezar una Misa por el descanso de mi alma… En pago le dejo una piel de marta, una piel de castor…”
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Era al caso de decir: “los postreros acá, serán los primeros allá”.
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233. Por qué es necesario el dolor de los pecados.- El pecado impenitente y la amistad de Dios son cosas incompatibles. Dios y el pecado son dos polos opuestos, e irreconciliables.
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El hombre al ofender a Dios gravemente se aparta del Creador para adherirse a la criatura. Mientras el pecador persista en esa mala voluntad, Dios no le puede perdonar, pues un abismo los separa. Para que Dios le perdone, es menester que el hombre comience por apartarse de la criatura y convertirse a Él, para lo cual necesita hacer dos cosas imprescindibles: arrepentirse y proponer la enmienda [eso es: proponer los pasos a seguir para alejarse de las ocasiones de pecar], sinceramente, es decir necesita los dos elementos que constituyen precisamente la contrición. De donde se deduce la necesidad imprescindible de este primer acto del penitente.
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234. Cualidades del dolor.- Para que la confesión sea válida es preciso que le dolor o pesar de haber ofendido a Dios, tenga estas cuatro cualidades: que sea interno, sobrenatural, sumo y universal.
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Para que el dolor sea verdadero es menester que sea interno, es decir, que salga del corazón, delo íntimo del alma y que no sea cosa de solas palabras, superficial o producto de la imaginación, porque, habiendo pecado el corazón, él es el que debe arrepentirse. De nada sirve que los labios pronuncien el acto de contrición, si las palabras no van acompañadas del afecto del corazón y del sentimiento de la voluntad. No hace falta que ese pesar sea sensible, basta un acto de la voluntad, doliéndose de lo hecho, del mismo modo que el pecado radicó también en ella.
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En segundo lugar, para que el dolor tenga la eficacia de conseguir el perdón de Dios, es preciso que sea sobrenatural, es decir que se funde en motivos de fe o que se refieran a Dios, por ejemplo: el amor a Jesús, la bondad de Dios, el temor del infierno o del purgatorio, etc. Así no bastaría un motivo de vergüenza por haber sido descubierto, una desgracia u otros motivos humanos.
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En tercer lugar, el dolor ha de ser sumo, en cuanto al aprecio. Hay que dolerse de los pecados con pesar más grande que el que nos podrían causar todos los males y desgracias del mundo, porque el pecado es el mal sumo, el mal de dios, mientras que todos os infortunios y males materiales que nos pueden venir no son más que males de la criatura (2). Cuanto más intenso es, tanta más pena temporal se perdona en la confesión.
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(2) En la vida de San Isaac Jogues, S.J., se lee el ejemplo siguiente de un indígena canadiense de la tribu de los Hurones, llamado Carlos Tsondatsaa; Temo menos el fuego del infierno que el pecado, decía a los amigos que le instigaban para que volviera a sus pasados extravíos paganos.
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Después de una jornada de mucho trabajo le invitaron a tomar un baño de vapor. No tardó éste en ser excesivamente cálido hasta serle un tormento por la asfixia que le causaba. En esto, llama a gritos diciendo que si aumenta el calor se va a ahogar. Pero el autor de esta infernal invención le quiere obligar a pronunciar tres palabras en favor de su demonio familiar para ahuyentar un maleficio que –según un sueño- le amenaza. “Préstame este servicio –le dice- y te libraré del tormento”.
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Viendo Carlos que quieren arrancarle por la fuerza lo que no quiere por las buenas, le contesta resueltamente: “Camarada el fuego del infierno calienta más que éste. Loco sería sipara evitar el menor, me arrojase al mayor. Si quieres me puedes matar, pero no conseguirás de mí palabra impía. No tengo lengua para cometer el pecado… No temo a los hombres ni siquiera a mis compatriotas ni a los franceses ni a los iroqueses, pero temo a Dios, cuyo ojo ve en el fondo de las conciencias”
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Entretanto crecía cada vez más el calor, pero Carlos no perdía el ánimo. Su vos, cada vez más débil anunciaba su próximo fin, cuando los cómplices del crimen se apiadaron de Carlos y obligaron al autor de esa crueldad a que cesase de atormentarle. Carlos estaba ya casi sin vida; sin embargo logró volver en sí y por toda venganza mandó a su verdugo una mirada llena de mansedumbre, diciéndole: “Me has matado, pero no me has hecho pecar”. Vivió aún mucho tiempo, continuando en edificar cristianos y paganos.
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Por último, el dolor ha de ser universal es decir que se ha de extender a todos los pecados mortales, conocidos o no, y si se trata de pecados veniales, que abarque los que se van a conffesar o por lo menos, algunos de ellos. Conviene, además al alma, que la contrición se extienda a todos los pecados cometidos en la vida.
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Es preciso que ese dolor sea con relación al sacramento y anterior, por lo menos, al momento de recibir la absolución.
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235.- Propósito de la enmienda.- Propósito de la enmienda es una firma resolución de no ofender a Dios y de huir las ocasiones de pecar.
Para volver a la gracia de Dios no basta que el pecador se arrepienta de haber pecado, es menester, además, y muy necesario, que proponga sinceramente hacer todo lo posible para enmendarse y no volver a pecar.
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Arrepintióse Judas de su traición, pero no manifestó deseo de enmienda, sino que fue a ahorcarse. Pecó Pedro, arrepintióse, y para no volver a caer retiróse al cenáculo, y el Señor le perdonó su triple negación.
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[cenáculo: sala en que Jesucristo celebró la última cena. Tengan claro que san Pedro nunca traicionó a Jesús, sólo lo negó. Traicionar es cambiar de amigo a enemigo de alguien]
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¿Qué hombre perdonará y otorgará su amistad a quien sabe de cierto que le ha de traicionar a la primera ocasión que se le presente? Tampoco acepta el Señor la amistad del hombre que sigue tan dispuesto como siempre a ofenderle gravemente.
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Para volver a la amistad de Dios no hace falta que el pecador esté seguro que no volverá a pecar; basta que esté resuelto a tomar los medios necesarios para evitar el pecado.
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Si uno ha cometido un pecado por ir a tal o cual lugar o frecuentar tal compañía, no basta que diga: “Ya no quiero hacer más eso”. Debe estar decidido a evitar esa ocasión que le hizo pecar.
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236. Cualidades del propósito.- El propósito de la enmienda, parte esencial de la contrición ha de ser firme, eficaz y universal.
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Que el propósito ha de ser firme significa que ha de traducirse en un acto deliberado actual de la voluntad aunque no haya certeza de la futura enmienda.
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También ha de ser eficaz, es decir, que hay que tener voluntad sincera de cumplir lo que el confesor aconseja, y emplear los medios necesarios para ejecutar lo que se propone.
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Tanto el propósito como el arrepentimiento han de abarcar todos los pecados mortales (según ya hemos dicho al hablar del dolor de los pecados) es decir, que han de ser universales. Si sólo se tienen pecados veniales, para que la confesión sea válida, basta el propósito eficaz de evitar algunos especiales, sobre todo los deliberados.
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El propósito ha de ser bien determinado y versar sobre los medios prácticos y concretos que se tomarán para evitar la recaída: No iré a tal sitio; no sacaré tal conversación contraria a la caridad; evitaré tal compañía; etc.
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237. Señales de contrición verdadera.- Son señales de verdadera contrición:
1º El esfuerzo perseverante por desarraigar los malos hábitos contraídos.
2º El poner fielmente en práctica los consejos del confesor
3º El empeño y cuidado en evitar las ocasiones de pecar. Asimismo para no cometer pecados es menester huir de las ocasiones.
4º El cambio de vida después de la confesión
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238. La Confesión.- El segundo acto esencial del penitente es la confesión. La Confesión sacramental, o confesión de boca, es la acusación delos propios pecados a un sacerdote competente, con el fin de recibir la absolución y con ánimo de cumplir la penitencia.
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La confesión de boca es un verdadero juicio en el que el reo se acusa de sus delitos o pecados ante el juez que es el sacerdote representante de Jesucristo, el cual, sentado en su tribunal, oída la confesión del pecador, y testigo de su arrepentimiento, le absuelve en nombre de Dios, y por castigo, o a modo de satisfacción, le impone una pequeña penitencia.
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La obligación de confesar los pecados fue impuesta implícitamente por el mismo Jesucristo al instituir el Sacramento de la Penitencia, puesto que el confesor no los puede conocer ni perdonar sin que el penitente se los declare y acuse.
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239. Condiciones de una buena confesión.- Una confesión será buena si es: humilde, pesarosa, sincera, vocal, íntegra, discreta y breve.
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De estas condiciones hay tres principales, a saber: que sea sincera o veraz, vocal e íntegra o entera.
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240. Pecados dudosos.- No todos los pecados se distinguen con certeza clarividente; a veces se quedará la conciencia perpleja y dudosa. Acerca delos pecados pueden presentarse tres clases de dudas: 1º, si se pecó o no; 2º, si el pecado cometido fue grave o leve; 3º, si algún pecado cometido se confesó o no.
Dados los diversos estados de las conciencias, lo que se aconseja como más seguro es confesar los pecados dudosos, como dudosos.
En la práctica los moralistas dan las normas siguientes:
1º Los penitentes de conciencia laxa deben declararlos manifestando la duda que tienen.
2º Los ignorantes y rudos deben hacer lo mismo cuando dudan de si fue pecado grave o leve.
3º También es conveniente manifestar la duda en caso de que se trate de si un pecado fue confesado o no.
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241. Otros casos especiales.-
1º Al penitente que después de examinarse diligentemente y con cuidado, confiesa, con las debidas condiciones, y se arrepiente de todos sus pecados conocidos y no conocidos, se le perdonan indirectamente todos los pecados de que no se acuerda en la confesión. Si después recuerda algún pecado mortal, puede comulgar sin nueva confesión porque ese pecado está perdonado. Basta que lo acuse en la confesión próxima que haga. Téngase presente que esta acusación es obligatoria y grave.
2º El que voluntariamente, por malicia o por vergüenza, oculta algún pecado mortal en confesión, comete un grave sacrilegio y no se le perdona ningún pecado porque esa confesión fue mala. Le queda la obligación grave de repetir su confesión, acusando, además del pecad o pecados ocultados, el sacrilegio cometido.
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242. Confesión general.- Para reparar las malas confesiones hachas o las simplemente dudosas, y al mismo tiempo recuperar la tranquilidad perfecta de conciencia, buen remedio es la confesión general de toda la vida o parte de ella, por ejemplo, desde la última confesión bien hecha, o utilizando un acontecimiento notable, como un aniversario, una misión, etc.
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243. La absolución.- Terminada la acusación de los pecados, si el ministro del Señor juzga que el penitente tiene las debidas disposiciones le da la absolución.
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La absolución sacramental es la sentencia de perdón que el confesor, como juez, pronuncia en nombre de Jesucristo y en virtud de la cual quedan perdonados los pecados al penitente, con tal que éste la reciba con las debidas disposiciones.
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La absolución es la forma del sacramento; su parte principal son las palabras siguientes: Yo te absuelvo de tus pecados en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo.
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Mientras el confesor da la absolución, el penitente rea el acto de contrición, renovando al mismo tiempo su dolor y el propósito de enmendarse, con el favor de Dios.
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La absolución puede perdonar todos los pecados, cualquiera que fuere su gravedad y número. En peligro de muerte, todo sacerdote puede absolver a cualquier penitente, de cualquier pecado, por grave que sean, aún de los reservados al Papa o al Obispo.
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244. Enseñanza práctica.- El alma cristiana mira este sacramento con gran espíritu de fe. Sabe muy bien que es a Dios a quien ha ofendido y no al confesor por eso cuando va a postrarse ante éste para confesarse, se le acerca como quien va a presentarse ante Dios personalmente para declararle con humildad sus flaquezas y caídas en implorarle el perdón.
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Prepárase para este acto lo mejor posible comenzando por impetrar, primero las luces del Espíritu Santo y la protección dela Virgen Santísima, para examinar debidamente la conciencia y ver con claridad el estado de ella.
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[notar que no le estamos pidiendo al Espíritu Santo que venga sino que nos ilumine. Recuerden que no se le puede pedir directamente que venga, se le pide a Dios Padre que lo envíe, sean fieles a los Evangelios]
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Terminado el examen, se provoca consideraciones adecuadas (santidad y bondad de Dios, pasión de Jesús, degradación propia, infierno, purgatorio, etc.) al dolor y detestación de todos sus pecados, en confirmación delo cual se propone hacer todo lo posible para evitarlos a todos trance, ayudado de la gracia.
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En este estado de contrición, acércase al confesor con toda confianza y sin reparo ninguno, puesto que para él el sacerdote es Jesucristo o Dios visible, y además sabe que guardará absoluto secreto acerca de cuanto le descubra.
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Con toda sinceridad le declara sus faltas y pecados, recordando que es al mismo Dios a quien se confiesa, según ha dicho al comenzar o antes de llegarse al confesionario: “Yo, pecador, me confieso a Dios Todopoderoso,…” Y como sabe que Dios conoce perfectamente cuanto él ha hecho y que no le puede engañar, no se avergüenza de acusar con humildad y sencillez todos los pecados y faltas que recuerda y tales como se los muestra la conciencia.
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Si le asoma alguna tentación de vergüenza, piensa que es mejor pasarla delante de uno en secreto que delante de todos en el juicio final. Agradece los consejos del confesor, y para que éste le conozca mejor y sus consejos le sean más útiles, procura cambiar lo menos posible de sacerdote. Terminada la confesión después de recibir la absolución muy contrito, se retira con recogimiento, comienza por dar gracias a Dios del favor que acaba de otorgarle y cumple la penitencia con fervor y con ánimo de reparación.
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Teniendo presente los preciosos efectos del sacramento, le tiene en gran aprecio y procura acercarse con frecuencia a este santo tribunal, en el que la conciencia adquiere cada vez mayor rectitud y delicadeza, y el alma mayor estima de la vida divina.
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LECTURA
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Cualidades de una buena confesión
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La confesión será humilde si se hace la acusación con sencillez, sin altivez de ánimo o de expresiones, y de rodillas como penitente, salvo en caso de enfermedad o por otra causa razonable.
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Hace confesión fiel sincera o veraz el que declara sus pecados como son según su conciencia, sin excusarlos ni disminuirlos ni aumentarlos, declarando los ciertos como tales y los dudosos como dudosos y asimismo las circunstancias agravantes y las reincidencias.
La confesión ha de ser vocal ordinariamente, es decir hecha con palabras a menos de impedimento. A veces puede hacerse por escrito, que lee el mismo penitente. Y ha de ser breve, es decir sin añadir complementos o historias inútiles a la acusación del pecado.
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La confesión ha de ser discreta o prudente empleando términos delicados y modestos en la acusación de ciertos pecados, por ejemplo los deshonestos, y sin descubrir nunca a nadie.
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[Eso no significa que se encubre a, por ejemplo, pederastas ya que en la exhortación luego de la acusación, el sacerdote le dirá qué medios legales debe hacer o a qué persona recurrir para que se haga justicia, simplemente el sacerdote no es juez de la otra persona que no se está confesando]
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La confesión será dolorosa, si se manifiesta exteriormente el pesar interno de haber ofendido a Dios.
La confesión será íntegra o entera, si se declaran todos los pecados mortales no confesados o no perdonados directamente con su número, su especie y las circunstancias que cambian la especie y añaden nueva malicia.
Salvo en casos excepcionales, la confesión es también secreta. [ESTO PARECE SER AGREGADO POR LOS PLANIFICADORES DE UN SOLO MUNDO YA QUE LA CONFESIÓN SIEMPRE ES SECRETA, SÓLO ES PÚBLICA LA REPARACIÓN CUANDO EL PECADO FUE PÚBLICO]